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Marco político y jurídico
Durante los años 1978 y 1979, Cataluña obtuvo las primeras transferencias de la Administración del Estado en varias materias, entre las cuales la sanitaria, hecho que le permitió desarrollar la facultad de autogobierno dada por el Estatuto de autonomía aprobado en el año 1979 siguiendo las disposiciones constitucionales.
Este marco otorga al gobierno de la Generalitat y, especialmente, al Departamento de Sanidad y Seguridad Social, competencias para realizar acciones dirigidas a regular y organizar un sistema sanitario propio.
Cabe destacar, pues, la promulgación, el año 1990, de la Ley de ordenación sanitaria de Cataluña (LOSC) y la creación, en el año 1991, del Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) como eje fundamental de la ley, que permite avanzar en la distribución adecuada de los recursos sanitarios, la optimización de los recursos y la coordinación de todo el dispositivo sanitario de cobertura pública. Dentro de una concepción integral de la salud, se pretende estimular la participación comunitaria, potenciar la calidad asistencial y velar por la humanización de la atención, el respeto y la dignidad de la persona, así como de la libertad individual.
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